2. Aumento de Pensión Alimenticia
3. Iniciar Paternidad y Filiación
4. Cobro de Pensiones Alimenticias No Pagadas
7. Oposiciòn a medidas de seguridad
Artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala: El término para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá exceder de treinta (30) días.
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¡CON GUSTO TE ATENDEREMOS!